Fin de la Extensión Automática de la Autorización de Empleo: Lo Que Necesita Saber

El 30 de octubre de 2025, el Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (DHS) publicó una regla final provisional (IFR) que pone fin a la práctica de la extensión automática de la autorización de empleo permitía (EAD) para ciertas categorías de no ciudadanos que presentan oportunamente su solicitud de renovación.

¿Qué cambió?

Anteriormente, muchos extranjeros que presentaban una solicitud de renovación oportuna de su EAD —generalmente mediante el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo— eran elegibles para una extensión automática de la validez de su autorización de empleo mientras la renovación estaba pendiente. Esta extensión podía durar hasta 540 días para muchas categorías.

Bajo la nueva regla:

  • Los extranjeros que presenten una renovación (Formulario I-765) el 30 de octubre de 2025 o después ya no recibirán el beneficio de extensión automática en la mayoría de las categorías de autorización de empleo.

  • La regla no afecta la extensione automática de la Autorización de Empleo que ya fueron otorgadas para solicitudes de renovación presentadas antes del 30 de octubre de 2025.

  • Siguen existiendo ciertas excepciones, como las extensiones otorgadas por ley o mediante avisos publicados en el Registro Federal, por ejemplo en el contexto de la documentación de empleo bajo el Estatus de Protección Temporal (TPS).

¿Por qué este cambio?

El DHS explica que la política de extensión automática de la autorización de empleo permitía que los EAD se “extendieran” sin completar la evaluación y el proceso de verificación total de los solicitantes de renovación. En otras palabras, el beneficio de la extensión se otorgaba antes de que se realizaran las verificaciones adecuadas de elegibilidad, antecedentes, seguridad nacional o preocupaciones de seguridad pública.

Al eliminar esta práctica de extensión automática, el DHS afirma que la agencia:

  • Priorizará la “verificación y evaluación adecuada de los extranjeros” antes de otorgar un nuevo período de autorización de empleo o un nuevo EAD.

  • Reducirá el riesgo de que un extranjero cuya renovación sea denegada (o cuya elegibilidad cambie) continúe trabajando con una tarjeta expirada basada en una extensión que nunca fue completamente adjudicada.

Lo que esto significa para los solicitantes de renovación y los empleadores

Para solicitantes de renovación (trabajadores no ciudadanos):

  • Si presenta su renovación del Formulario I-765 el 30 de octubre de 2025 o después, no puede asumir que su EAD será extendido automáticamente simplemente porque la solicitud fue presentada a tiempo.

  • Si su EAD actual va a vencer y ya presentó la renovación, corre el riesgo de tener un período sin autorización de empleo si la renovación no es adjudicada antes de la fecha de vencimiento.

  • Para reducir el riesgo, presentar lo más temprano posible es más importante que nunca —por ejemplo, presentar hasta 180 días antes de la fecha de vencimiento es recomendado por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS).

Para empleadores:

  • Los empleadores deben auditar su fuerza laboral para identificar empleados cuyos EAD estén próximos a vencer, rastrear las solicitudes de renovación y monitorear si aún aplican beneficios de extensión automática.

  • El cumplimiento del Formulario I-9 se vuelve más crítico. Sin extensiones automáticas, los empleados deben tener un EAD válido u otra autorización válida; de lo contrario, no están autorizados a trabajar.

  • Los empleadores deben actualizar sus sistemas internos de seguimiento de RR. HH. y considerar planes de contingencia para posibles lapsos en la autorización.

Puntos clave para mantenerse en cumplimiento

  • Revise la categoría de su EAD: Algunas categorías pueden seguir teniendo avisos de extensión (por ejemplo, EAD basados en TPS).

  • Presente temprano: Como recomiendan USCIS y asesores de inmigración, presente las solicitudes de renovación con la mayor anticipación permitida —hasta 180 días.

  • Rastree el estatus: Después de presentar, monitoree su recibo de renovación, los tiempos de procesamiento y la validez de su EAD actual.

  • Comunique a su empleador: Asegúrese de que su empleador esté al tanto del cambio, conozca su estatus de renovación y esté preparado para cualquier período de transición.

  • Prepárese para un posible lapso: Si su EAD expira antes de que se apruebe la renovación, puede quedar sin autorización para trabajar hasta que se restablezca la autorización.

¿Por qué importa esto?

Este cambio de política marca una modificación importante en la política de autorización de empleo de los Estados Unidos. Al poner fin a la extensione automática de la Autorización de Empleo en la mayoría de las categorías, el DHS indica un fuerte énfasis en la integridad del programa, la seguridad nacional y la verificación adecuada.

Para los trabajadores no ciudadanos que dependen del EAD, esto significa cambios en el cálculo de riesgos sobre tiempo, presentación y continuidad laboral. Para los empleadores, aumenta el riesgo de trabajadores no autorizados, problemas de cumplimiento y posibles interrupciones operativas si no se manejan de manera proactiva.

Conclusión

Si usted es un trabajador no ciudadano con un EAD, o emplea a trabajadores no ciudadanos con EAD, el momento de actuar es ahora. Con la eliminación del beneficio de extensión automática a partir del 30 de octubre de 2025, es esencial planificar con anticipación, presentar temprano, rastrear de cerca y comunicarse activamente. Actualice sus procesos, revise su categoría de elegibilidad y asegúrese de que nadie dependa de una extensión automática que ya no existe.

Para más detalles, consulte la regla final provisional del DHS:
“Removal of the Automatic Extension of Employment Authorization Documents (IFR)”, 8 CFR 274a (docket USCIS-2025-0271) aquí.

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FAQ

P1: Si presenté mi renovación del EAD antes del 30 de octubre de 2025, ¿todavía recibo la extensión?
R: Sí. La regla no afecta las extensiones automáticas que ya se activaron por solicitudes oportunas presentadas antes del 30 de octubre de 2025.

P2: ¿Existen excepciones ahora que terminó la extensión automática de la Autorización de Empleo?
R: Permanecen excepciones limitadas (por ejemplo, las requeridas por ley o emitidas mediante avisos del Registro Federal para documentación del TPS). Siempre verifique su categoría.

P3: ¿Con cuánta anticipación debo presentar mi renovación?
R: USCIS recomienda presentar hasta 180 días antes de que su EAD expire para reducir la probabilidad de un lapso.


Pasos para empleadores

1. Actualice sus flujos de trabajo del Formulario I-9. No asuma que una extensión automática aplica a renovaciones presentadas el 30 de octubre de 2025 o después. USCIS

2. Audite vencimientos. Identifique proactivamente empleados cuyos EAD estén próximos a vencer y notifíqueles que renueven temprano.

3. Planifique contingencias. Diseñe horarios o reemplazos considerando posibles lapsos en la autorización.

4. Capacite a RR. HH. Asegúrese de que el personal entienda el fin de la extensión automática de la Autorización de Empleo y qué evidencia es aceptable para continuar trabajando. 

5. Manténgase actualizado sobre TPS. Si emplea beneficiarios de TPS, monitoree los avisos relevantes del Registro Federal para cualquier actualización de validez del EAD.

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